Conducir bajo los efectos del alcohol es uno de las principales causas de accidente de tráfico en nuestro país

Por ello el congreso  ya tiene aprobado el cambio de la nueva tasa de alcoholemia

Desde CAB os aclaramos alguna de las dudas y preguntas más frecuentes:

¿Cuándo entra en vigor la nueva tasa?

Ya son de aplicación para este año 2025 las modificaciones

Aumentando las restricciones y endureciendo las sanciones económicas

Pérdida de puntos, retirada del permiso de conducir e incluso cárcel

en función de la infracción y nivel de alcohol detectado

¿Qué limites nuevos tenemos en la tasa de alcoholemia?

El límite permitido se reduce de 0,5 g/l a 0,2 g/l en sangre

y de 0,25 mg/l a 0,10 mg/l en aire espirado.

¿Con que cantidad de alcohol podemos dar positivo?

Prácticamente con la ingesta de cualquier bebida que contenga alcohol

la tasa estará superada a la permitida

incluso con una sola cerveza o copa de vino

podría ser suficiente para dar positivo

¿Cuál es la sanción si superamos el límite?

Las sanciones también se han modificado con la nueva tasa

y serán diferentes en función del tipo de infracción

  • Multas: Desde 500 hasta 1.000 €, dependiendo de la tasa de alcohol superada.
  • Pérdida de puntos: Pérdida de entre 4 y 6 puntos en el carnet de conducir.
  • Retirada del carnet: En casos graves, el conductor puede perder temporalmente su permiso de conducir.
  • Cárcel: Cuando el nivel de alcohol en sangre supere los límites, o si el conductor reincide, puede enfrentar penas de hasta 6 meses de prisión.

Es cierto que si decidimos NO BEBER si hemos de conducir,

contribuimos a que nuestra seguridad y la de los demás, sea lo más importante

Por ello desde CAB te animamos a compartir » Tolerancia cero »

Y si bebes mejor No conduzcas 🙂 🙂

 

 

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *